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Nº 409 | Septiembre | 2010
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Tratado Internacional Simplifica Procedimientos Sobre Derecho de Marcas


El objetivo del acuerdo es que los procedimientos nacionales de registro de marcas sean más previsibles tanto para los solicitantes de marcas como para los terceros interesados.

 RENOVACION. El convenio que discute el Parlamento establece que el período inicial de un registro de marca y la duración de cada período de renovación será de 10 años.

El Senado analiza el proyecto que ratifica le tratado internacional sobre los Derechos de Marcas, conocido por su nombre en inglés como TLT, convenio internacional administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), de la cual Chile es miembro desde 1975.
El principal objetivo del TLT es simplificar los procedimientos nacionales de registro de marcas, con miras a hacerlos más previsibles tanto para los solicitantes de marcas como para los terceros interesados.
Desde su entrada en vigor, en 1996, este Tratado se ha convertido en un eficaz instrumento que ha facilitado a los usuarios el registro de marcas en los Estados que son parte del mismo. Lo anterior, a través del establecimiento de un marco regulatorio relacionado con cuestiones de procedimiento en la solicitud de marcas y que, en la práctica, significa que entre los países miembros del TLT los requerimientos formales se estandaricen. Esto tiene como resultado la eliminación de requerimientos múltiples y disímiles, muchas veces desconocidos por los usuarios, que podrían significar barreras para el uso de las marcas como una herramienta de comercio.
De esta forma permite que requisitos formales, generalmente aceptados por las oficinas de propiedad industrial en relación con las solicitudes para el registro, renovación y transferencias de marcas comerciales sean utilizados de forma uniforme.
El TLT, no obstante, no genera procedimientos internacionales de tramitación ni de concesión de marcas, pues se limita a señalar un marco regulatorio que las oficinas nacionales deben considerar, dejando que cada país defina la forma específica a través de la cual implementará estos estándares en sus leyes nacionales.
En la actualidad cerca de 50 Estados son miembros del TLT, entre los que se encuentran nuestros principales socios comerciales China, Estados Unidos, Japón y gran parte de los miembros de la Unión Europea. Además, forman lo integran otros países como Australia, Corea y Rusia.
El principal compromiso que adquieren los Estados al ser parte del tratado es homologar los requisitos formales para el procedimiento de registro de marcas al marco que establece el convenio, inhibiéndose de solicitar antecedentes adicionales no relevantes tales como la copia de registro de comercio, indicación de que se ejerce una actividad industrial o comercial.
Se consigna que el período inicial de un registro de marca y la duración de cada período de renovación será de 10 años. Este requisito es consistente con lo dispuesto en la ley N° 19.039 de Propiedad Industrial que rige en Chile el cual establece que las renovaciones de marcas se realizarán por períodos sucesivos de 10 años.

SEGURIDAD JURIDICA

El proyecto se fundamenta en que durante la última década, Chile ha asumido una agenda progresiva para modernizar el sistema de propiedad intelectual e industrial acorde con los estándares internacionales y manteniendo el necesario balance entre los legítimos intereses de los titulares de derechos y aquellos que corresponden a los consumidores y usuarios.
De esta forma, a través de los Tratados de Libre Comercio suscritos durante las últimas décadas, Chile ha negociado estándares de propiedad intelectual y ha reafirmado sus compromisos internacionales ante la Organización Mundial de Comercio (OMC) y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).
El texto afirma que si bien Chile es miembro de los tratados internacionales más relevantes de propiedad industrial, como el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) de la OMC y el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, la adhesión a otros tratados que conforman el sistema multilateral de propiedad industrial y que se refieren a categorías especificas de derechos, como el TLT, “permitirán otorgar mayor seguridad jurídica tanto a los inversionistas extranjeros que deseen registrar sus marcas en Chile, como a los nacionales chilenos que quieran registrar marcas en el extranjero, especialmente si se tiene en consideración que una de las seis lenguas oficiales del TLT es el español”.Gestión

 

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