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La Nueva Propuesta del Gobierno Para Regular el Lobby

Iniciativa que inició su discusión en el Senado, excluye a organizaciones comunitarias, sindicales y gremiales.

  CENTRO DEL DEBATE. Burgos anticipó que insistirá en que se incluya a organizaciones gremiales y sindicales como gestores de intereses, aunque Viera-Gallo precisó que no formarán parte de la ley.

Un nuevo intento por regular el lobby o gestión de intereses en Chile se discute en el Parlamento, debido a que el Gobierno ingresó a principios de noviembre a trámite un proyecto de ley reformulado, buscando evitar repetir el fracaso que sufrió el veto presidencial a la normativa que ya había sido aprobada por el Congreso y que no generó consenso entre los legisladores.
El ministro secretario general de la Presidencia, José Antonio Viera-Gallo, explicó que el principal cambio respecto del proyecto anterior es que "hay una definición más precisa de lo que se entiende por lobby, al ligar el concepto a la promoción o defensa de un interés individual".
Sin embargo, el debate del proyecto desde ya se prevé complejo pues uno de los impulsores de regular esta actividad, diputado Jorge Burgos (DC), anticipó que no está de acuerdo en que nuevamente se deje fuera de la ley a organizaciones gremiales y sindicales.
"Sigo creyendo que siempre será mejor que la ley no presuma que ciertas entidades jamás hacen lobby.
Tengo serias dudas que nunca harán lobby un sindicato o una asociación de empresarios, así que ese será un punto fundamental de discusión", indicó.
Viera-Gallo defendió la decisión de no incluir a dichas entidades al sostener que las sindicales "están regidas por el Código del Trabajo y en el caso de las gremiales, normalmente no harían lobby, salvo que defiendan un interés individual".
Burgos de todas formas criticó que el Ejecutivo optara por enviar un nuevo texto, cuando a su juicio había espacio para salvar el proyecto anterior que se tramitó cinco años, a lo que se suma un periodo adicional en que diversos legisladores presentaron otras mociones para normar la gestión de intereses. "Quizás no hubo suficiente compromiso político para eso, pero a estas alturas lo único que espero es que podamos por fin arribar a puerto en un tiempo breve y ojalá en este Gobierno tengamos una ley que regule el lobby", sentenció.
Para el senador Jaime Orpis (UDI), hay que estudiar con calma el proyecto para que realmente sea una ley efectiva ya que "según la nueva definición sólo se considera lobby las actuaciones de carácter individual y el proyecto rechazado incluía las actuaciones sectoriales.
El subsecretario de la Presidencia, Edgardo Riveros, planteó que el objetivo del Gobierno es que esta normativa entre en vigencia durante la Administración Bachelet, precisando que se establece expresamente que el texto comenzará a regir ocho meses después de su publicación en el Diario Oficial.Gestión

Aspectos Centrales

  • Definición de Lobby: "Es aquella gestión o actividad remunerada o habitual, ejercida por personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que tiene por objeto promover, defender o representar cualquier interés individual, respecto de las decisiones que en el ejercicio de sus funciones, deban adoptar las autoridades, miembros, funcionarios o servidores de los órganos de la Administración del Estado o del Congreso Nacional".
  • No constituyen lobby: las actividades realizadas por directivas de asociaciones gremiales tanto a nivel nacional como local, ONG`s, corporaciones, fundaciones y colegios profesionales, salvo que gestionen intereses individuales; gestiones de entidades comunitarias, indígenas, sindicatos, cooperativas, siempre que las gestiones se ajusten a su naturaleza y leyes respectivas.
  • Interés individual: "Favor, utilidad, provecho, ganancia o beneficio, sea o no económico, de una persona, natural o jurídica, o de una entidad determinada".
  • Tres registros de lobbystas: ante de la Administración del Estado a cargo del
    Consejo de la Transparencia, a cargo del comité de ética del Senado y a cargo del comité de ética de la Cámara de Diputados.
  • Registros de audiencias y reuniones tanto con lobbystas, como con otras entidades. Deberán registrarlas los ministros, subsecretarios, jefes de servicio, la Contraloría, el Banco Central, las Fuerzas Armadas y de Orden, empresas públicas, Congreso, Poder Judicial, Ministerio Público y Tribunal Constitucional.

 

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